Bloque 1 · Tema 8
Acceso electrónico a los servicios públicos
Registros, notificaciones y medios electrónicos
Esquema Nacional de Seguridad (ENS)
Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI)
Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI)
Introducción
El acceso electrónico a los servicios públicos constituye un eje esencial de la Administración electrónica y del funcionamiento ordinario de las Administraciones Públicas.
Este tema es especialmente relevante en el examen TAI por su carácter práctico y normativo, y por la conexión directa con las Leyes 39/2015 y 40/2015, así como con el ENS y el ENI.
1. Acceso electrónico a los servicios públicos
1.1. Derecho de los ciudadanos
Las personas tienen derecho a:
- Relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos.
- Acceder a los servicios públicos de forma electrónica.
Este derecho se reconoce con carácter general en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
1.2. Obligación de relacionarse electrónicamente
Están obligados a relacionarse electrónicamente, entre otros:
- Personas jurídicas.
- Entidades sin personalidad jurídica.
- Profesionales colegiados para trámites derivados de su actividad.
- Empleados públicos en el ejercicio de sus funciones.
🧠 Mini-resumen apartado 1
- Derecho general de acceso electrónico.
- Determinados sujetos están obligados.
- Regulación principal en la Ley 39/2015.
2. Medios electrónicos en las Administraciones Públicas
2.1. Uso de medios electrónicos
Las Administraciones Públicas deben:
- Garantizar la disponibilidad de medios electrónicos.
- Asegurar la accesibilidad, seguridad e interoperabilidad.
- Facilitar la identificación y firma electrónica.
2.2. Sede electrónica
La sede electrónica es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones.
Debe garantizar:
- Identidad del titular.
- Integridad de la información.
- Disponibilidad y accesibilidad permanente.
🧠 Mini-resumen apartado 2
- Uso obligatorio de medios electrónicos.
- La sede electrónica es el punto de acceso seguro.
3. Registros electrónicos
3.1. Registro electrónico general
Cada Administración debe disponer de un:
- Registro electrónico general.
Permite:
- La presentación de documentos todos los días del año.
- Las 24 horas del día.
3.2. Asiento registral y cómputo de plazos
- La fecha y hora oficial determina el cómputo de plazos.
- Los registros electrónicos se rigen por la fecha y hora oficial de la sede.
🧠 Mini-resumen apartado 3
- Registro electrónico general obligatorio.
- Presentación 24/7.
- Fecha y hora oficiales determinan plazos.
4. Notificaciones electrónicas
4.1. Sistema de notificación
Las notificaciones se practicarán preferentemente:
En determinados casos son obligatorias.
4.2. Puesta a disposición y rechazo
- La notificación se entiende practicada cuando se accede a su contenido.
- Si no se accede en 10 días naturales, se entiende rechazada.
👉 Muy típico de examen:
Rechazo por inacción tras 10 días.
🧠 Mini-resumen apartado 4
- Notificación preferente u obligatoria.
- Rechazo automático a los 10 días.
5. Esquema Nacional de Seguridad (ENS)
5.1. Concepto y finalidad
El ENS tiene por objeto:
- Establecer la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos.
- Garantizar la seguridad de la información y los servicios.
5.2. Ámbito de aplicación
Se aplica a:
- Sector público.
- Proveedores que presten servicios a las Administraciones Públicas.
5.3. Principios básicos
- Seguridad integral.
- Gestión de riesgos.
- Prevención, detección y respuesta.
- Proporcionalidad.
- Mejora continua.
🧠 Mini-resumen apartado 5
- ENS = seguridad de la información.
- Aplicable al sector público.
- Basado en gestión de riesgos.
6. Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI)
6.1. Concepto y finalidad
El ENI establece:
- Los criterios y recomendaciones para la interoperabilidad.
- El intercambio de información entre Administraciones Públicas.
6.2. Principios básicos
- Interoperabilidad organizativa.
- Interoperabilidad semántica.
- Interoperabilidad técnica.
- Reutilización y cooperación.
🧠 Mini-resumen apartado 6
- ENI = intercambio de información.
- Garantiza interoperabilidad entre Administraciones.
7. Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI)
7.1. Concepto
Las NTI desarrollan el ENI y establecen:
- Condiciones técnicas comunes.
- Reglas para documentos y expedientes electrónicos.
7.2. Ámbitos regulados
Entre otros:
- Documento electrónico.
- Expediente electrónico.
- Digitalización de documentos.
- Política de gestión de documentos electrónicos.
- Reutilización de recursos.
Mini-resumen apartado 7
- NTI desarrollan el ENI.
- Regulan aspectos técnicos concretos.
- Garantizan uniformidad.
Mini-resumen final del tema
- Acceso electrónico reconocido y, en algunos casos, obligatorio.
- Registros electrónicos 24/7.
- Notificaciones electrónicas con rechazo a los 10 días.
- ENS → seguridad.
- ENI → interoperabilidad.
- NTI → desarrollo técnico del ENI.
- Tema muy frecuente en preguntas prácticas y conceptuales.